
Información Lismi
¿Cuál es el periodo de validez del Certificado de Excepcionalidad?
La finalidad de la Ley es la contratación directa de personal discapacitado. La empresa aunque contrate bienes y/o servicios, debe intentar en los 2 años que tiene la validez el Certificado de Excepcionalidad, contratar personal discapacitado progresivamente hasta alcanzar el 2% de su plantilla como mínimo.
Pasados los 2 años, si no se ha logrado, queda obligado de nuevo al cumplimiento de la cuota de reserva del 2% de personal discapacitado, por lo que deberá volver a solicitar el Certificado de Excepcionalidad, si no cumple con dicha obligación, para poder acogerse a una de las Medidas Alternativas en el cumplimiento del R.D. 365/2005
¿Qué plazo de cumplimiento establece la Ley para ejecutar las Medidas Alternativas?
La ejecución de las Medidas Alternativas deberá realizarse durante el periodo de validez del Certificado de Excepcionalidad o de la resolución sin perjuicio de que anualmente hayan de destinarse a dicho fin, como mínimo, las cantidades que constituyan la cuantificación económica anual, conforme el R.D. 365/2005.
¿Puedo combinar las diferentes opciones de Medidas Alternativas entre sí y a la vez contratar personas
con discapacidad? Sí. Las Medidas Alternativas pretenden generando empleo indirecto a través de los CEE, o efectuando la donación, satisfacer las necesidades de la empresa ofreciéndole la solución que más le beneficie.
Así, la empresa puede combinar la contratación directa, con la contratación de bienes y/o servicios, junto con la donación si ésa, es la solución que más interesa a la misma.