Información LISMI

Integración Social de Minusválidos

Lismi

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¿Qué es la LISMI?

Es la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de Minusválidos, que establece para las empresas públicas y privadas que empleen a más de 50 trabajadores, la obligación de contratar a un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2%.

¿Existe alguna opción de cumplimiento alternativo?

Sí. El Real Decreto 365/2005, establece unas medidas alternativas de carácter excepcional al cumplimiento de la cuota de reserva del 2% a favor de trabajadores discapacitados en empresas de 50 o más trabajadores.


¿En qué consisten las Medidas Alternativas?

Compra de bienes y/o servicios a un Centro Especial de Empleo. o Autónomo Discapacitado

Contratación de un trabajador autónomo discapacitado.

Donación o acción de patrocinio a favor de una entidad cuyo objeto social sea la formación profesional, la inserción laboral y la creación de puestos de trabajo a favor de personas con


Las Medidas Alternativas vienen contempladas en los siguientes textos legales:

Real Decreto 365/2005, donde se establecen las obligaciones para las empresas de más de 50 trabajadores, así como las tres alternativas para su cumplimiento.

Orden Ministerial de 24 de julio de 2000, que regula la tramitación burocrática preceptiva para poder optar a las Medidas Alternativas contempladas en el R.D.365/2005

Los Anexos a la Orden Ministerial de 24 de julio de 2000 son:

  • Anexo I: Certificado de Excepcionalidad
  • Anexo II: Solicitud de Declaración de Excepcionalidad por razones de carácter productivo, organizativo, técnico o económico.
  • Anexo III: Comunicación de la celebración de un contrato civil o mercantil con un centro especial de empleo o un trabajador autónomo.
  • Anexo IV: Solicitud para la realización de Donaciones y acciones de patrocinio con fundaciones o asociaciones de utilidad pública.

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